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Tegucigalpa, M. del D.C., 25 de marzo de
2008.- La Comisión para la Defensa y
Promoción de la Competencia (CDPC), en la
Sesión de Pleno celebrada el día 11 de Enero
2008, inició de oficio una investigación en
la Industria de la Leche Pasterizada, por
supuestas prácticas restrictivas a la libre
competencia, a propósito de denuncias
realizadas en los diferentes medios de
comunicación social del país.
Las acciones inicialmente
realizadas por la CDPC implicaron la
celebración de audiencias con
representantes del sector investigado y
solicitud de información en fecha 17 de
enero del año 2008, a través del oficio
número 015-P-2008, la que no fue
suministrada en los términos solicitados.
De acuerdo a la Ley los
propietarios y representantes legales de los
agentes económicos investigados, están
obligados a facilitar información a la CDPC,
la cual debe entregarse de manera completa,
y en caso contrario la misma será exigida
por la CDPC, mediante resolución para
proporcionarse en un tiempo determinado,
indicando además en dicha resolución las
sanciones en caso de incumplimiento.
Por tal razón la CDPC, en
fecha 20 de febrero de 2008, emitió la
resolución número 10-CDPC-2008-AÑO-III,
en la que decidió imponer una multa de
Cincuenta Mil Lempiras (L.50,000.00), a la
sociedad mercantil denominada Leche y
Derivados, S. A. (LEYDE), de acuerdo a lo
establecido en el artículo 46 de la Ley para
la Defensa y Promoción de la Competencia,
por no haber presentado en el plazo
concedido la información solicitada en forma
completa.
La fijación de la sanción no impide a la
CDPC, solicitar nuevamente la información
necesaria y suficiente para finalizar el
proceso de investigación.
Con la aplicación de la Ley la CDPC, se
protege el ejercicio de la libre
competencia, y se garantiza el
funcionamiento eficiente del mercado en
beneficio de los consumidores. |