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Tegucigalpa, M. del D. C., 27 de noviembre
de 2009.
Castigos severos contra los acuerdos
colusorios y los abusos del poder de
mercado, así como el control de excesivos
niveles de concentración económica, fueron
los temas que más se debatieron en el
“Seminario sobre la Libre Competencia”,
promovido por la Comisión para la Defensa y
Promoción de la Competencia (CDPC), en
coordinación con la Escuela Judicial de
Honduras “Francisco Salomón Jiménez Castro”.
En una jornada de dos semanas y con la
participación de más de doscientos
profesionales del derecho, de la economía,
así como de miembros de la sociedad civil y
la presencia del sector empresarial, se
desarrolló el Seminario de Libre de
competencia, en el que se abordaron los
principales tópicos que establece la Ley
para la Defensa y Promoción de la
Competencia (Ley), vigente desde febrero del
2006.
Entre los objetivos del seminario se procuró
dejar claro las dificultades que se
enfrentan para promover una cultura de
competencia en escenarios donde no existe
una tradición de mercado. Ello, implicó
plantear las distorsiones y las barreras de
tipo legal tradicionales a la que se
enfrenta el sistema de competencia concebido
en la Ley y su Reglamento. Para el caso, se
describieron normativas que datan desde hace
tres décadas que se promulgaron para
proteger a los competidores, y promover
conductas gremialistas anticompetitivas.
Más que un ejercicio académico la
experiencia del Seminario significó una
oportunidad para testimoniar y debatir sobre
las acciones de la CDPC, no sólo respecto a
los controles de las fusiones empresariales
notificadas y condicionadas por la autoridad
de competencia, sino sobre las sanciones
aplicadas contra los productores y
comerciantes que han participado de acuerdos
colusorios y de prácticas abusivas contra
proveedores, distribuidores y consumidores
en general. Los debates se extendieron al
extremo de argumentar los procedimientos y
los elementos probatorios que se utilizan en
este tipo de conductas contra la libre
competencia, a propósito de las sentencias
que los Juzgados y Tribunales de la
República han dictado confirmando las
decisiones emitidas por la CDPC.
Las sanciones económicas que establece la
Ley contra las prácticas restrictivas de la
Libre Competencia, se estiman sobre la base
de tres veces el monto del beneficio
económico obtenido con las prácticas
prohibidas por naturaleza y por su efecto.
En caso que no sea posible determinar el
monto del beneficio se fijan multas de hasta
el diez por ciento (10%) de la utilidad
bruta en ventas del año fiscal precedente al
de la realización de la conducta prohibida.
El seminario fue clausurado por los
Comisionados Oscar Lanza Rosales, Rubin J.
Ayes Paz, y la Directora de la Escuela
Judicial de Honduras Edith Urtecho López,
quienes se comprometieron a firmar convenios
especiales en materia educativa a fin de
lograr un alto nivel en
enseñanza-aprendizaje sobre esta materia.
A
la II jornada se unió el Colegio de
Ingenieros Mecánicos, Electricistas y
Químicos de Honduras (CIMEQH), que se suma a
la lista de Instituciones que apoyan a la
CDPC, en la formación académica sobre
materia de competencia.
La competencia
contribuye con el bienestar de los
consumidores
Comisión para
la Defensa y Promoción de la Competencia (CDPC). |