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Tegucigalpa, M. del D. C., 07 de enero de
2010.
La Comisión para la Defensa y Promoción de
la Competencia (CDPC) contestó el 5
de enero, una demanda promovida por Amnet de
Honduras, ante el Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, a propósito de
la multa que la Comisión le impuso por haber
incurrido en conductas anticompetitivas en
el mercado de televisión por cable en la
ciudad de San Pedro Sula.
La sanción económica impuesta a Amnet de
Honduras fue de más de tres millones de
lempiras (L.3.675,511.35), precisamente, por
haber realizado conductas restrictivas a la
libre competencia, en particular, las que
tienen que ver con concertaciones con otros
agentes económicos para ejercer presión
contra algunos comerciantes que le hacen
competencia, con el propósito de disuadirlos
de determinadas conductas u obligarlos a
actuar en contra de su libertad, y de
limitar la distribución de dicho servicio,
en perjuicio del proceso de competencia y de
los consumidores .
En el año 2007, Amnet fue denunciada
ante
la CDPC, por la sociedad Inversiones
y Servicios Técnicos (Insetec /Cable Sula),
por suponerla responsable de una serie de
conductas anticompetitivas prohibidas por la
Ley para la Defensa y Promoción de la
Competencia (Ley).
Después de que la CDPC efectuara una
investigación preliminar se determinó la
existencia de suficientes indicios sobre
violaciones a la Ley, y se le formularon
cargos a la denunciada, imputándosele
prácticas restrictivas, prohibidas según su
efecto, tal como lo establece el artículo 7
de dicho ordenamiento jurídico. El
procedimiento concluyó con la imposición de
varias medidas, entre otras, la del cese de
la conducta prohibida, y la de la sanción
económica antes referida.
Esta demanda de Amnet de Honduras en el
mercado de televisión por cable, se suma a
las demás que esta enfrentando la CDPC
en la vía jurisdiccional.
Las primeras sentencias dictadas por los
juzgados y tribunales hondureños en el 2009,
producto de la aplicación de la Ley y su
Reglamento, declararon que las decisiones de
la CDPC estuvieron ajustadas a
derecho. En ese sentido, constituyen fallos
históricos para la jurisprudencia nacional
en cuanto a la defensa de esta libertad
económica.
Antecedentes del caso
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31 de agosto 2007 |
La CDPC recibió denuncia
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19 de septiembre 2008 |
La CDPC emitió resolución
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5 de enero 2010 |
La CDPC contestó demanda |
La competencia
contribuye con el bienestar de los
consumidores
Comisión para
la Defensa y Promoción de la Competencia (CDPC). |