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¿Cómo se
interpone una
denuncia?
R/ De acuerdo al
artículo 56 del
reglamento de la
Ley, toda
denuncia debe
cumplir con los
siguientes
requisitos:
a)
Descripción del
contenido o el
trámite de que
se trata;
b)
La indicación
del órgano al
que se dirige;
c)
Nombre,
denominación o
razón social del
denunciante;
d)
Nombre del
representante
legal y los
documentos que
acrediten su
personería,
lugar para oír y
recibir
notificaciones y
el nombre de las
personas
autorizadas para
tales efectos;
e) Nombre,
denominación o
razón social y,
en caso de
conocerlo, el
domicilio del
denunciado,
f) Descripción
de los hechos
constitutivos de
los supuestos
contemplados en
el artículo
anterior y las
disposiciones
legales en las
que fundamenta
su petición; y,
g) Con
el escrito de la
denuncia se
acompañarán los
documentos en
que el
denunciante se
fundamente y si
no los tuviera a
su disposición
indicará con
precisión el
lugar donde se
encuentren. En
particular,
según sea el
caso:
i.
Enunciación de
los fundamentos
que permita
definir el
mercado
relevante y
determinar la
posición
dominante del
denunciado en
dicho mercado y,
en caso de
conocerlo, la
identificación
de los agentes
económicos
relacionados en
el mercado
relevante, o en
su defecto, el
documento o
lugar donde
pueda extraerse
dicha
información;
ii. Enunciación
de los
fundamentos por
los que
considere la
existencia de
algunas de las
prácticas
contempladas en
los artículos 5,
7 y el 12 de la
Ley;
iii. En
el caso de
concentraciones,
deben
establecerse las
razones por las
que se considera
que las mismas
superan los
montos de
activos,
participación en
el mercado
relevante o
volumen de
ventas señalados
en el artículo
13 de la Ley;
iv. Los
datos que, de
ser posible,
permitan
identificar a
otros agentes
económicos que
pudiesen
resultar
afectados por la
práctica
restrictiva de
la libre
competencia o
concentración
prohibida;
v. Relación
de los
documentos que
acompañen a su
denuncia y los
elementos de
convicción que
ofrezca,
relacionados de
manera precisa
con los hechos
denunciados; y,
h) Los
demás elementos
que el
denunciante
estime
pertinentes y,
en caso de no
tenerlos a su
disposición,
indicar el lugar
o archivo en el
que se
encuentren, para
que la Comisión
provea la
conducente.
Enunciará además
los otros medios
de prueba con
que pretenda
respaldar su
petición. Deberá
presentarse con
el original de
la denuncia y
sus documentos
anexos, tantas
copias como
partes hubiere
en el
procedimiento y
un juego de
copias
adicional.
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