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¿Cuáles y
de cuánto son
las sanciones?
R/ Por las
prácticas o
conductas
prohibidas en
los artículos 5
y 7 de la Ley,
La Comisión
impondrá
mediante
resolución
motivada y
tomando en
consideración
los criterios
del artículo 39,
una multa por
agente económico
equivalente a
tres (3) veces
el monto del
beneficio
económico
obtenido. En
caso de que no
sea posible
determinar el
monto de este
beneficio, la
Comisión fijará
una multa que en
ningún caso
podrá exceder el
diez por ciento
(10%) de la
utilidad bruta
en ventas del
año fiscal
precedente. |
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Advertencia
La CDPC advierte que toda la información
contenida en la presente página web únicamente cumple funciones de
carácter informativos, por lo que no tiene efectos vinculantes. No
obstante, los textos publicados en el diario oficial La Gaceta o los
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vigente tienen carácter auténtico y oficial.
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La iglecia de La Esperanza , La
Esperanza,
Honduras C.A.
(Derechos reservados IHT)
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La
Comisión para la Defensa y Promoción de la
Competencia (CDPC), anunció hoy que de oficio ha
iniciado una investigación en los sectores de la
industria cementera y leche pasterizada.
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Miembros de la (CDPC), participaron en la sexta
edición de la Escuela Iberoamericana de Defensa
de la Competencia, en Madrid, España.
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