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Por Resolución No. 14-CDPC-AÑO-III de fecha 9 de
mayo de 2008. El Pleno en su Sesión No. 19-2008, con base en los
artículos 1, 80, 333 y 339 de la Constitución de la República; 1,
116, 120 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 1, 3,
4, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 18, 22, 34, 52, 53, 62 y demás aplicables
de la
Ley para la Defensa y Promoción de la
Competencia; 21,22, 23, y demás aplicables del Reglamento de la Ley;
1, 22, 23, 24, 25, 26, 65, 66, 67, 68, 72, 82, 83, 84 literal a),
87, 121 y demás aplicables de la Ley de Procedimiento
Administrativo. Resolvió: Tener por NOTIFICADO, en tiempo y forma, y
autorizar el anteproyecto de la operación de concentración
económica, consistente en la transferencia de 240,000 acciones,
propiedad de CREDOMATIC DE HONDURAS, S. A. en la sociedad mercantil
denominada SEGUROS CREFISA S. A. y de 226,000 acciones propiedad de
INVERSIONISTA EMEDI S. A. en la sociedad mercantil denominada BANCO
FINANCIERA CENTROAMERICANA, S. A. (BANCO FICENSA) a favor del
Adquirente (OSWALDO LOPEZ ARELLANO).
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